
A través del proyecto de ley de Rendición de Cuentas, el Poder Ejecutivo propone modificar la ley de tránsito para que los conductores que en controles den positivo de cocaína pierdan preventivamente su permiso de conducir, algo que hoy no ocurre.
Tal como consignó El País, la medida apunta a cerrar un vacío legal que, según el propio gobierno, genera una asimetría injustificada en el sistema de seguridad vial. La iniciativa está incluida en el artículo 81 del proyecto de ley y sustituye el artículo 45 de la Ley Nº 18.191 de Tránsito y Seguridad Vial.
El texto vigente ya establece tolerancia cero al alcohol y prevé la inhabilitación para quienes conduzcan con presencia de THC —el principio activo del cannabis—. Sin embargo, la cocaína quedó fuera de ese régimen. Ante un resultado positivo a esa sustancia en un control de tránsito, la única consecuencia que habilita la normativa actual es una multa administrativa: el conductor no pierde la libreta ni queda inhabilitado para seguir manejando.

El nuevo artículo propuesto mantiene la tolerancia cero al alcohol y agrega expresamente que también quedará inhabilitado todo conductor en quien se constate “presencia de tetrahidrocannabinol (THC), cocaína u otras sustancias psicoactivas incompatibles con una conducción segura”. En todos esos casos, la autoridad competente deberá proceder al "retiro preventivo del permiso o licencia de conducir", remitiendo las actuaciones a la intendencia correspondiente para que aplique las medidas administrativas pertinentes.
En la fundamentación, el gobierno reconoce la existencia de un vacío regulatorio. Los dispositivos utilizados en los controles tienen capacidad para detectar cocaína, pero ante un resultado positivo “no se inhabilita al conductor”. Esa situación genera, según el texto, “una asimetría normativa y operativa respecto de sustancias que afectan gravemente las capacidades de conducción, provocando incertidumbre en la actuación y limitando la eficacia preventiva del sistema de control vial”.
La propuesta busca, en definitiva, homogeneizar el régimen sancionatorio aplicable a la conducción bajo efectos de sustancias psicoactivas, fortalecer el carácter disuasorio de los controles y dotar de mayor certeza jurídica a los procedimientos que llevan adelante la Policía Caminera y las demás autoridades competentes. El objetivo declarado es reducir la siniestralidad vial asociada al consumo de drogas y proteger “la seguridad pública y la integridad física de los usuarios de la vía pública”.
Fuente Montevideo Portal
